La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha anunciado la actualización de la Guía sobre el uso de las cookies para adecuarla a las Directrices 03/2022 sobre patrones engañosos del Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD). Esta nueva versión ha sido elaborada con la participación de los sectores afectados, incluyendo a asociaciones como ADIGITAL, Anunciantes, AUTOCONTROL e IAB Spain.
Mayor transparencia en el uso de cookies: cambios destacados en la Guía de la AEPD
Siguiendo las Directrices emitidas por el Comité Europeo de Protección de Datos en febrero de 2023, la Agencia ha incorporado nuevos criterios a la Guía para mejorar la presentación y elección de las cookies. Según las nuevas pautas, las acciones de aceptar o rechazar cookies deben presentarse en un lugar y formato destacados, otorgándoles el mismo nivel de relevancia para el usuario.
Además, la Guía incluye ejemplos prácticos sobre cómo deben mostrarse estas opciones, abordando aspectos como el color, tamaño y ubicación adecuada de los consentimientos.
Cookies de personalización: cambios en su uso y obtención del consentimiento
La nueva versión de la Guía establece una clara distinción entre las cookies de personalización basadas en decisiones del propio usuario (como idioma o moneda de transacciones) y aquellas en las que es el editor quien toma decisiones sobre la personalización del contenido. En el primer caso, se consideran cookies técnicas y no requieren consentimiento adicional. Sin embargo, cuando el editor adopta decisiones basadas en la información del usuario, debe informar y obtener el consentimiento destacado para su utilización.
Muros de cookies y acceso a servicios
La Guía actualizada aborda también el tema de los muros de cookies, enfatizando que el consentimiento debe ser libremente otorgado, sin condicionar el acceso a servicios y funcionalidades. Si bien la versión anterior permitía que la no aceptación de cookies impidiera el acceso o el uso parcial de un sitio web, siempre que se ofreciera una alternativa, la nueva versión de la Guía aclara que dicha alternativa no necesariamente será gratuita.
Plazo de implementación y período transitorio
Los criterios recogidos en la Guía deben implementarse a más tardar el 11 de enero de 2024, lo que establece un periodo transitorio de seis meses para realizar los cambios necesarios en el uso de cookies y cumplir con las nuevas normativas.
Con esta actualización, la AEPD busca promover una mayor transparencia y control en el uso de cookies, protegiendo la privacidad y los datos de los usuarios, al tiempo que garantiza que los sitios web y servicios digitales cumplan con las regulaciones europeas de protección de datos.